Inscripción al RFC de personas físicas y obtención de CIECF

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas.

¿Dónde se presenta?

Internet Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier ALSC dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Esta no se tendrá por presentada si dentro del plazo señalado el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite.
En forma personal Se atiende con y sin cita en cualquier ALSC.

¿Qué documentos se obtienen?

1. Solicitud de inscripción al RFC Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Registro Guía de Obligaciones
2. Acuse de Inscripción al RFC
3. Entrega de acuse de generación de la CIECF y habilitación inmediata de la misma.

En caso de que la documentación necesaria para hacer el trámite se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de este trámite se entregará al contribuyente el reporte de información pendiente.

¿Cuándo se presenta?

Dentro del mes siguiente al día en que realicen las situaciones jurídicas o de hecho que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, de pago o informativas por si mismas o por cuenta de terceros o a que se de la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que se realicen.

Requisitos:

Por Internet:

  • Presentarán la solicitud de Preinscripción proporcionando los datos que se contienen en el formato electrónico que se encuentra en la página de Internet del SAT.
  • Concluida la captura, se enviará la solicitud de Preinscripción a través de la página de Internet del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse con el número de folio asignado.
  • El trámite se concluirá directamente en la ALSC de la elección del contribuyente.

En la ALSC:

  • Acuse con el número de folio asignado (si se inició por Internet).
  • Original del comprobante de domicilio fiscal.
  • En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.
  • En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de Definiciones de este Catálogo, podrá presentar original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o del representante legal.
  • Si inició el trámite a través de Internet, adicionalmente se presentará la solicitud de inscripción al RFC.
    Contar con correo electrónico vigente.

Requisitos adicionales para quienes se encuentren en los siguientes casos:
a) Requisitos si no cuenta con CURP
b) Requisitos si ya cuenta con CURP
c) Personas físicas que realicen actividades de exportación de servicios de convenciones y exposiciones
d) Menores de edad

Compromisos de servicio

Internet:

Disponibilidad permanente
Emisión inmediata de acuse de solicitud de inscripción

Atención Personal:

Duración máxima: 40 min.
Espera máxima: 5 min.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos
Entrega inmediata de la Cédula de Identificación Fiscal (CIF), Acuse de recepción de la solicitud de inscripción, Guía de Obligaciones
Horario.

Disposiciones jurídicas aplicables
Art 17-D, 27 CFF, Art. 19 y 23 Reglamento del CFF, Art. 67 LGP. Regla II.2.4.1. RMF.

Para mayor información llame a INFOSAT: 01 800 46 36 728.

FUENTE: La información que se muestra en esta página ha sido proporcionada por «SAT – Servicio de Administración Tributaria» Más información en: http://www.sat.gob.mx